TESICNOR
ofrece sus servicios a los PROMOTORES para
el cumplimiento de lo dispuesto en el Real
Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por
el que se establecen disposiciones mínimas
de seguridad y de salud en las Obras de
Construcción.
El
Real Decreto 1627/1997 dispone, entre otras, la
obligación del promotor a designar un coordinador
en materia de seguridad y salud, tanto en fase
de elaboración del proyecto (si intervienen
varios proyectistas) como en la fase de ejecución
de la obra (si en la ejecución interviene
más de una empresa o trabajadores autónomos).
Así mismo, el promotor estará obligado
a que en la fase de redacción del proyecto
de la obra se elabore un estudio o estudio básico
de seguridad y salud.
El equipo humano de TESICNOR está
compuesto por personal altamente cualificado en
la distintas técnicas de edificación
y obra pública así como en la Prevención
de Riesgos Laborales y experiencia acreditada.
Los servicios
ofertados por TESICNOR en este campo son:
Coordinación
en materia de Seguridad y Salud durante
la elaboración del proyecto
de obra.
Elaboración
de Estudios y Estudios Básicos
de Seguridad y Salud.
Coordinación
en materia de Seguridad y Salud durante
la ejecución de la obra.
Elaboración
de Planes de Seguridad y Salud en
el trabajo.