Objetivos:
Para dar cumplimiento a lo expuesto en el R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, en concreto en su artículo 7 en el cual se obliga a cada contratista a elaborar un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo.
Procedimiento de Trabajo:
El personal altamente cualificado de TESICNOR, aplica su amplia experiencia junto con los medios técnicos necesarios en la elaboración de planes de seguridad para todo tipo de obras.
Algunas Realizaciones:
Valor Añadido:
El plan de seguridad y salud es el documento en el cual se establecen todos los aspectos en materia de seguridad y salud en la ejecución de los trabajos del contratista dentro de una obra.
Para cumplir con la legislación vigente (R.D. 1627/1997) se deben emplear todos los medios adecuados para obtener un plan completo a la vez que eficaz en la lucha por evitar accidentes laborales.
Para ello TESICNOR por medio de sus técnicos altamente cualificados, analiza, estudia, desarrolla y complementa las previsiones contenidas en el estudio de seguridad y salud, en función del propio sistema de ejecución y características de los trabajos a realizar por el contratista.
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